SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0327/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0327/2007-R

Fecha: 26-Abr-2007

derecho a la propiedad privada

Asimismo,  en la SC 0050/2001 de 21 de junio, la jurisprudencia constitucional  ha determinado que el derecho a la propiedad privada es “(...) la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para poseer usar y gozar de un bien, sea de carácter material, intelectual, cultural o científico. (…)”. Asimismo, los preceptos contenidos en el art. 105.I del CC establecen que: “La propiedad es un poder jurídico que permite usar, gozar y disponer de una cosa…', el poder de disponer implica en la potestad de enajenar, gravar o transformar la cosa” (SC 1912/2004-R de 14 de diciembre). En consecuencia, dicho derecho se ve perjudicado e impedido, cuando los actos de las autoridades recurridas, impiden que el titular de un bien, haga uso, goce o disponga del bien de su propiedad en la forma que más convenga a su interés personal, en uso a su vez del derecho a la libre determinación de la persona.