SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2007

Fecha: 10-May-2007

III.7.2.   Sobre la infracción al art. 7 de la CPE

Con relación a que la norma impugnada vulnera lo previsto en el art. 7 de la CPE, es necesario determinar que la indicada norma constitucional configura los diversos derechos que nuestra Constitución consagra, sin que el recurrente hubiese especificado, menos precisado, cuál o cuáles de ellos resulta vulnerado  o vulnerados por la norma impugnada, aspecto que no puede ser suplido por este Tribunal, por cuya causa no es posible realizar el juicio de constitucionalidad cuando la norma constitucional o los derechos que la misma consagra no han sido debidamente precisados ni la forma en la que los mismos resultaren lesionados.