SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2007

Fecha: 10-May-2007

k)

k) El art. 50 impugnado no pretende constituirse en “Ley de la República”, afectando el principio de jerarquía normativa y supremacía constitucional sólo establece un procedimiento excepcional de auditoría para concluir el trabajo, ante determinadas circunstancias y previo cumplimiento de requisitos, sin cumplir el procedimiento de aclaración, no dispone la aplicación de su mandato por encima de los constitucionales, así como que tampoco sea aplicada con preferencia a una de rango superior, pues su mandato se limita a exponer reglas abstractas que no contradicen los principios constitucionales.  Corresponderá a la autoridad competente y en el caso específico de la responsabilidad penal, al Ministerio Público evaluar los descargos, aclaraciones y justificativos que pudiesen presentar los afectados, otorgándoseles plenas garantías para ejercer su defensa en un debido proceso y con el respaldo constitucional de la presunción de inocencia definitiva.