SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2007-R

Fecha: 15-May-2007

deben culminar con la revisión que realiza el Tribunal Constitucional de la Resolución pronunciada por los jueces del recurso

Remitida la Resolución para su revisión, a este Tribunal, el recurrente, sin esperar el pronunciamiento definitivo sobre los hechos planteados en el hábeas corpus, interpuso el presente recurso de amparo constitucional el 31 de marzo de 2006, alegando los mismos hechos con similares fundamentos y dirigido contra las mismas autoridades judiciales, situación que impide a este Tribunal pronunciarse sobre el particular; y teniendo en cuenta que las acciones de tutela (hábeas corpus, amparo constitucional y hábeas data) deben culminar con la revisión que realiza el Tribunal Constitucional de la Resolución pronunciada por los jueces del recurso y sólo en caso de que en la Sentencia Constitucional no se hubiera analizado el fondo de la problemática planteada, es posible interponer una nueva acción sobre los mismos hechos, cumpliendo con las formalidades omitidas, conforme lo ha sostenido la jurisprudencia glosada precedentemente.