SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2007-R

Fecha: 15-May-2007

II.1.

II.1.     En la audiencia de apelación de medida cautelar, celebrada el 30 de enero de 2006, el abogado del ahora recurrente objetó la prueba ofrecida por la parte civil, señalando que no cumplía con los arts. 233 y 240 del CPP, que carecía de licitud, pues no se sabía como fue obtenida, además de haber sido presentada en simples fotocopias. La Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, confirmó el Auto de 15 de noviembre  de 2005, modificando la fianza a $us 5 000 00.-, en mérito a que no obstante existir votos discordantes para que la fianza sea mayor, se realizó una interpretación a favor del procesado en aplicación del art. 7 del CPP (fs. 1 a 4).