SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2007-R

Fecha: 15-May-2007

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado del recurrente ratificó los argumentos de la demanda, añadiendo no ser evidente la duplicidad de recursos, pues tanto la Constitución Política del Estado como la Ley del Tribunal Constitucional, establecen dos recursos constitucionales ante lesiones a derechos y garantías, que son diferentes. El fundamento del recurso de amparo constitucional es la admisión y valoración del testimonio 1893/2000 que fue obtenido de manera ilícita y que no fue objeto del anterior recurso de hábeas corpus presentado por el recurrente.