SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0495/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0495/2007-R

Fecha: 13-Jun-2007

II.4.

II.4.  Mediante oficio de 15 de enero de 2007, el vocal Gerardo Torrez Antezana pidió la revocatoria de la anterior convocatoria (fs. 19). Por notas de 16 de enero de 2007,  La vocal Jenny Villanueva Suárez pidió al Consejo de la Judicatura deje sin efecto la errónea convocatoria (fs. 15), al igual que el vocal Víctor Hugo Ocampo Vila (fs. 28 y vta.). Por su parte, la vocal Carmen Aliaga Alarcón pidió su revocatoria (fs. 21 a 22) y de igual manera procedieron los vocales Felipe Mendoza Benavides, Silvestre Iñiguez Meneses y Rafael García Cortés (fs. 62 a 65); George Llápiz Leigue, Carlos Fernando Vargas Salinas, Lidia Moscoso Flores, Mirna Nuñez Vela Añez, Lourdes Velasco de Caballero (fs. 98 a 100); Evelyn Salgueiro Velasco y Fernando Leytón de la Quintana (fs. 111 a 113); María del Carmen Ponce de Rocha e Ivone Marlene Pino de Terán (fs. 227 a 229 vta.).