SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2010-R

Fecha: 04-Oct-2010

II.6.

II.6.  El 13 de septiembre de 2006, la empresa recurrente reiteró su solicitud de suspensión de ejecución, impetrando “sin consentir ni admitir la validez de la ejecución coactiva iniciada”, a fin de evitar la consolidación de un daño y perjuicio irremediable, con la atribución establecida en el art. 106.VI del CTB, dejar sin efecto el gravamen registrado sobre el inmueble registrado en DD.RR. con matrícula 3.01.1.02.0002589, ofreciendo en su sustitución los inmuebles allí detallados (fs. 19 a 21 vta.); respondiéndose mediante nota GC/DTJC/UCC/C 517/2006 de 6 de octubre, que previamente a considerar la solicitud el contribuyente debía presentar documentación consistente en certificado alodial de los inmuebles y avalúos actualizados (fs. 332).