SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2010-R

Fecha: 04-Oct-2010

III.6.De la celebración de la audiencia de consideración del recurso, después de casi dos meses de su interposición

         Finalmente, y pese a que corresponde denegar la tutela solicitada, es necesario referirse al trámite que imprimió el Tribunal de garantías en la consideración del recurso de amparo formulado; dado que se advierte que planteado el mismo el 20 de septiembre de 2007, la audiencia para su consideración, recién se llevó a cabo el 15 de noviembre de ese año, después de casi dos meses; obviando que el procedimiento de esta garantía constitucional, es de trámite sumarísimo, y que en virtud del principio de celeridad los jueces y tribunales de garantías deben procurar realizar todos los actuados con la premura necesaria, teniendo en cuenta la naturaleza y finalidad que persigue esta acción, cual es la de proteger los derechos fundamentales y garantías constitucionales de las personas frente a actos ilegales u omisiones indebidas; lesionando con ello, el carácter sumarísimo del trámite y la posible tutela inmediata que pudo haber conseguido el accionante si su recurso hubiera sido procedente; aspecto que debe observar el Tribunal de garantías en futuras oportunidades, cuando asuma conocimiento de estas acciones tutelares,  garantizando de esta manera una administración de justicia efectiva e inmediata.