Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.8.
II.8. A través de nota GC/DTJC/UCC/C 363/2007 de 26 de julio, la Gerencia Distrital de GRACO Cochabamba del SIN, rechazó la solicitud de sustitución de garantías y suspensión de la ejecución tributaria presentada por el contribuyente, manteniéndose vigente la medida coactiva de inscripción definitiva dispuesta sobre el bien inmueble registrado con matrícula 3.01.1.02.0002589, al no ser de propiedad del contribuyente los inmuebles ofrecidos en sustitución (fs. 369 a 370).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Términos en la presente acción tutelar
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 20
- con el advertido de que la elección de una vía importa la renuncia de la otra
- Fragmento 22
- III.3.2.
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- III.4.Del principio de inmediatez que caracteriza a esta acción tutelar
- Fragmento 27
- III.5.Análisis del caso concreto
- el 28 de abril de 2006
- el 20 de septiembre de 2007, después de casi quince meses
- III.6.De la celebración de la audiencia de consideración del recurso, después de casi dos meses de su interposición
- denegar