Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1520/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Efectuada la audiencia pública a horas 16:00 del 30 de enero de 2008, conforme consta el acta de fs. 182 a 187 vta., en presencia del recurrente, de las autoridades correcurridas a excepción de Sebastián Michel Hoffman y Gregorio Chuquimia Yujra, y de la tercera interesada, Concejal Carolina Suxo Otazo, asistidos de sus abogados; y en ausencia del representante del Ministerio Público, se produjeron los siguientes actuados:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. La intervención de terceros interesados dentro de los procesos
- III.4.Sobre los requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- III.6. Análisis del caso concreto
- APROBAR