SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1577/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1577/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

ii.

ii.   El Auto Supremo señalado, es contradictorio por cuanto reconoce que el cómputo de prescripción es el previsto en el art. 4 de la Ley 2445 y el procedimiento válido y legal para tramitar procesos en juicio de responsabilidades contra altos Dignatarios de Estado es la Ley 2445 y el Código de Procedimiento Penal; empero, el argumento expuesto para denegar las excepciones planteadas excluye al ahora recurrente de tal marco legal, sin base de norma legal sustentadora de tal decisión y sin fundar desde cuando se produjo la interrupción, porqué no se toma en cuenta el tiempo anterior, cuál el sustento legal, extremo que -al no responder al principio de legalidad- torna en ilegal la Resolución violatoria a la “seguridad jurídica” y debido proceso, a más de haber dejado al recurrente en total indefensión al no guardar el Auto Supremo todas las formalidades y regulaciones que hacen al cómputo de plazos y establecimiento de responsabilidades en la demora procesal acusada.