SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1579/2010-R
Fecha: 13-Oct-2010
2º REVOCAR en parte
2º REVOCAR en parte la referida Resolución; y en consecuencia, CONCEDE la tutela solicitada respecto al Auto de Vista 47/2007, emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, el 22 de febrero, disponiendo que esa instancia emita nueva Resolución considerando los fundamentos de esta Sentencia; sin embargo, en consideración al tiempo transcurrido desde la presentación del recurso hasta su revisión por las acefalias del Tribunal Constitucional, dimensionando los efectos de esta Sentencia en el tiempo conforme al art. 48.4 de la LTC, se determina que solamente se emita nueva Resolución en caso de no haberse definido anteriormente la situación procesal, con relación a la solicitud de la extinción de la acción penal de la accionante, Claudia Marcela Castro Dorado.
- Claudia Marcela Castro Dorado
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- b)
- c)
- ii)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4
- II.5.
- II.6
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El plazo de interposición de la acción de amparo constitucional
- III.4. La fundamentación de la solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.5. Sobre la fundamentación de las resoluciones en general, y en especial de aquéllas que resuelven las excepciones de extinción de la acción penal.
- Fragmento 27
- contra las resoluciones que admitan o denieguen la extinción de la acción penal
- III.7
- III.7.1. Auto de Vista
- III.5.3
- POR TANTO
- 1º APROBAR en parte
- 2º REVOCAR en parte