SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1579/2010-R
Fecha: 13-Oct-2010
Fragmento 3
Posteriormente el 14 de julio de 2003, el Fiscal René Arzabe, presentó acusación en su contra, por lo que la Jueza Séptimo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, dio por concluida la etapa preparatoria y, previo sorteo, pasó a conocimiento del Tribunal Primero de Sentencia que en aplicación del art. 53 inc. 2 del Código de Procedimiento Penal (CPP), rechazó la acusación, por lo que el proceso pasó a conocimiento del Juzgado Segundo de Sentencia en lo Penal del mismo Distrito Judicial. Instancia ante la cual, el fiscal Arzabe, solicitó la suspensión del juicio, el 16 de abril, 21 y 24 de mayo, 14, 15 y 17 de junio de 2004, siendo continuas las suspensiones hasta el “3, 4 y 5 de agosto” (sic) del mismo año. Ante la presentación de un recurso de hábeas corpus, el proceso nuevamente se suspendió “para el 14 y 15” (sic) de septiembre del referido año.
- Claudia Marcela Castro Dorado
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- b)
- c)
- ii)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4
- II.5.
- II.6
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El plazo de interposición de la acción de amparo constitucional
- III.4. La fundamentación de la solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.5. Sobre la fundamentación de las resoluciones en general, y en especial de aquéllas que resuelven las excepciones de extinción de la acción penal.
- Fragmento 27
- contra las resoluciones que admitan o denieguen la extinción de la acción penal
- III.7
- III.7.1. Auto de Vista
- III.5.3
- POR TANTO
- 1º APROBAR en parte
- 2º REVOCAR en parte