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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2817/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2817/2010-R

    Fecha: 10-Dic-2010

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    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • i)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.1  Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • a)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • “conceder”
    • III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
    • III.4. En cuanto la interposición del primer amparo constitucional
    • III.5.
    • 2. Tratándose de resoluciones administrativas o judiciales, corresponde al juez o tribunal del distrito o asiento judicial del lugar donde la autoridad emitió o dictó la resolución considera ilegal y que es el lugar donde tiene su domicilio institucional.
    • Fragmento 26
    • III.5.1. Caso concreto Analizado
    • autoridad administrativa del distrito o asiento judicial del lugar donde la autoridad emitió o dictó la resolución considerada ilegal y es el lugar donde tiene su domicilio institucional
    • III.6. En cuanto al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional. La reconsideración como medio de impugnación y el caso concreto
    • III.6.1.
    • III.6.2.
    • concedido
    • 3°

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