Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0042/2010-R
Fecha: 20-Abr-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
Al haberse designado a las nuevas autoridades y reiniciado las labores jurisdiccionales, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se produjo el sorteo del presente caso el 22 de marzo de 2010, siendo la fecha de vencimiento el 20 de abril de 2010, por lo que presente Resolución se pronuncia dentro de término legal.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- tres años y nueve meses desde que el proceso se inició;
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal del hábeas corpus
- 1) El Trasfondo del recurso no es que sus defendidos estén detenidos, sino sujetos a un procesamiento por un tiempo mayor a tres años y nueve meses,
- I.2.2. Informe de las autoridades
- a)
- b)
- c)
- e)
- f)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- accionantes de defensa,
- accionante,
- improcedente
- II.4. Sobre el debido proceso y las garantías que lo componen
- III.5. Debido proceso y hábeas corpus
- a no ser
- 1.
- en forma concurrente,
- procesamiento indebido que atente o ponga en peligro el derecho a la libertad…"
- III.6. El caso en revisión
- POR TANTO