SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0042/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0042/2010-R

Fecha: 20-Abr-2010

III.6. El caso en revisión

Para el examen del caso en revisión, es preciso tomar en cuanta que -como se ha referido en los antecedentes y conclusiones el hecho que motiva la presentación del recurso, no es una supuesta ilegal detención, sino la demora en  la duración del proceso (en tres años y nueve mesen), que se originó en la determinación del Tribunal de Sentencia de Villa Tunari de declarar en suspenso los plazos procesales al amparo del art. 130 del CPP y porque su solicitud de extinción de la acción penal fue rechazada por el Tribunal de Sentencia de Sacaba y por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba que resolvió la impugnación de esa decisión. Siendo esa la causa de la lesión de derechos que denuncia el recurrente.

Conforme a ello, el recurso fue planteado contra los miembros del Tribunal de Sentencia de Sacaba, emitiendo el Auto de 28 de mayo de 2007, el cual declaró improbado el incidente de extinción de la acción penal y contra los Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declararon improcedente el recurso de apelación interpuesto contra dicha determinación por Auto del Vista de 5 de julio de 2007.