SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2010-R
Fecha: 04-May-2010
II.3.
II.3. Reiniciada la audiencia (fs. 204) el 7 de marzo de 2008, se dio lectura a la Sentencia cursante de fs. 205 a 224, suscrita por la totalidad de los miembros del Tribunal antes nombrados y que hoy son recurridos. Sentencia a través de la cual en el juicio de responsabilidades, la Corte Suprema de Justicia falló declarando a “Amado Raúl Rivera Ramírez, AUTOR de la comisión de los delitos de peculado, uso de instrumento falsificado y conducta antieconómica, tipificados por los artículos 142, 203 y 224 del Código Penal; en cuyo mérito, se le impuso la pena de ocho años de reclusión, seis años a que se refiere el art. 142 del Código Penal, por el ilícito de peculado, incrementado con dos años por el concurso real; a cumplirse en el recinto carcelario de 'Morros Blancos' de la ciudad de Tarija, pena que finalizará el 6 de marzo de 2.016 (…); y ABSUELTO del delito de falsedad material…” (sic). Finalmente, “…se dispone que se expida el mandamiento de condena, encomendado su ejecución al Comandante Departamental de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen, quedando mientras tanto bajo su responsabilidad la custodia del condenado hasta su traslado” (sic).
- recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- i) En cuanto al aspecto procesal:
- ii) En cuanto a los hechos denunciados:
- Fiscalía General de la República
- parcialmente
- 2)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- Fragmento 23
- III.3.
- indebidamente procesada
- III.3.2. Desarrollo del proceso de donde emerge el recurso o acción ………..tutelar
- no es evidente que se haya vulnerado sus derechos al debido proceso, ni al juez natural
- emerge de la ley
- Fragmento 29
- III.4. En cuanto a la supuesta falta de valoración de la prueba y/o ausencia de argumentación de la Sentencia pronunciada en el juicio de responsabilidades
- en torno a la prueba, se han cumplido las especificaciones legales y en lo atinente a su valoración
- constituye un exceso del tribunal de garantías
- parcialmente procedente