SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0107/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0107/2010-R

Fecha: 10-May-2010

1)

Gonzalo Terceros Rojas, Alcalde Municipal de Cochabamba y Presidente del Directorio de SEMAPA, y Juan Carlos Viamont Alpire, Director de SEMAPA, en el informe escrito que cursa de fs. 31 a 32, expresan que: 1) El proceso de selección de Gerente Ejecutivo no fue concluido, y remitidos sus antecedentes al Concejo Municipal, esta instancia decidió anularlo, por no haber intervenido dos supervisores u observadores del Concejo, de acuerdo a lo exigido por el art. 114 de la Ley de Municipalidades (LM); por consiguiente, no se restringió ningún derecho del representado de la recurrente; 2) Como el Concejo Municipal decidió dejar sin efecto el proceso de selección para el cargo de Gerente General, el recurrente debía acudir a los recursos de impugnación determinados en la Ley de Municipalidades; en consecuencia, siendo el amparo constitucional un recurso subsidiario, debe declararse su improcedencia.