Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0107/2010-R
Fecha: 10-May-2010
II.1.
II.1. El 28 de marzo de 2006 (fs. 3), Gonzalo Terceros, Alcalde Municipal de Cochabamba y Presidente del Directorio de SEMAPA, solicitó mediante nota a Mario Albino Soto, Vicepresidente de dicha institución, asumir temporalmente sus responsabilidades como primera autoridad de la misma durante el proceso de transición, porque el Gobierno Central, por Ley de Organización del Poder Ejecutivo, decidió hacerse cargo de esa institución.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- III.2.
- “accionante”
- “conceder”
- III.3.1. Principio de seguridad jurídica
- III.3.2. Derecho al trabajo
- III.3.3. Derecho de petición
- III.4.1. Sobre la Empresa de Agua Potable y Alcantarillado de Cochabamba (SEMAPA)
- III.4.2. Sobre la selección, designación y posesión al cargo de Gerente General Ejecutivo de SEMAPA
- Fragmento 24
- III.4.3. Sobre el agotamiento de las vías administrativas previas al amparo constitucional
- III.4.4. Sobre el DS 28631
- APROBAR