SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0107/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0107/2010-R

Fecha: 10-May-2010

III.4.3. Sobre el agotamiento de las vías administrativas previas al amparo constitucional

Se constata que el mandante de la accionante, como Gerente General Ejecutivo de SEMAPA, ante la imposibilidad de ejercer sus funciones, acudió al órgano colegiado que constituye el Directorio de la empresa, solicitando un pronunciamiento expreso sobre los hechos que le impedían ejercer su función, misma que no mereció respuesta o resolución alguna, no siendo necesario acudir al Consejo Municipal en mérito a la naturaleza de SEMAPA, que tiene como máxima autoridad a su Directorio, aspecto concordante con el art. 114 de la LM, que determina que la selección y designación de los Gerentes de las empresas municipales se efectuará mediante convocatoria pública y concurso de méritos, a instancia de sus directorios. El representado de la accionante, tampoco pudo haber presentado recursos de revocatoria y jerárquico si la designación no le causó agravio, al contrario, una vez concluido el proceso de contratación, resultó ganador de la convocatoria pública y las vulneraciones alegadas, provienen de medidas de hecho ejecutadas por lo miembros del Directorio de SEMAPA.

Consecuentemente, las autoridades demandadas, al no viabilizar la efectiva prestación de servicios en las labores específicas de Gerente General Ejecutivo de SEMAPA, cargo al que el representado de la accionante accedió a través de concurso de méritos, y no haber realizado pronunciamiento alguno respecto a las solicitudes que en reiteradas ocasiones realizó, lesionaron sus derechos al trabajo y a la petición, puesto que no es exigible la realización de ningún otro trámite adicional para que comience a desempeñar sus funciones.