Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0142/2010-R
Fecha: 17-May-2010
Fragmento 26
Por consiguiente, en el caso presente se debe ingresar al análisis del fondo del recurso sin que sea posible invocar o aplicar el principio de subsidiariedad, puesto que la recurrente, ahora accionante, agotó todas las instancias (revocatoria y jerárquico) dentro del proceso administrativo seguido en su contra, en busca de la reparación de sus derechos fundamentales en el mismo proceso o instancia donde fueron supuestamente conculcados, siendo el contencioso administrativo una vía judicial distinta.
- recurso de amparo constitucional -ahora acción de amparo constitucional-
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La naturaleza jurídica del amparo constitucional, su carácter subsidiario
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- III.4. Régimen de las excusas y recusaciones en materia administrativa
- Fragmento 28
- Fragmento 29
- III.5. El caso en análisis
- III.5.
- POR TANTO