SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0142/2010-R
Fecha: 17-May-2010
II.14.
II.14.Por memorial presentado el 27 de julio de 2006, la recurrente solicitó al Director Ejecutivo a.i. del INASES recurrido, se imprima el trámite de recusación o excusa de dicha autoridad para conocer el recurso jerárquico (fs. 306 y vta.), petición que mereció la Resolución de 28 del citado mes y año, por el que el recurrido rechazó la excusa solicitada, alegando que la misma no procedía a pedido de parte; asimismo, dispuso no allanarse a la recusación, fundamentando que no existía resentimiento o animadversión alguna con la recurrente, que el proceso administrativo interno era independiente del recurso de amparo y el mismo se había iniciado con anterioridad a la querella penal presentada por la demandada; además, que se encontraba aún en etapa de investigación, indicando además que de acuerdo al trámite de recusación, si las causales fueran sobrevinientes, éstas debieran ser deducidas dentro de los tres días de tenerse conocimiento de las mismas y hasta antes de quedar la causa en estado de sentencia (fs. 303 a 304).
- recurso de amparo constitucional -ahora acción de amparo constitucional-
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La naturaleza jurídica del amparo constitucional, su carácter subsidiario
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- III.4. Régimen de las excusas y recusaciones en materia administrativa
- Fragmento 28
- Fragmento 29
- III.5. El caso en análisis
- III.5.
- POR TANTO