Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0399/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.8.
II.8. Eliana Sánchez Navarro, recurrente, el 25 de octubre de 2007, solicitó al Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, se anule obrados por inobservancia de las formas y condiciones previstas en la Constitución Política del Estado, leyes nacionales y Tratados internacionales, así también extendió sus peticiones para que la Jueza de Corocoro certifique la fecha y hora del aviso judicial al que está obligada la Fiscal de Materia de Viacha, a objeto del control jurisdiccional, también informe porqué la acosa amedrentándola, al igual que el investigador de Viacha, y que certifique el motivo por el cual se aprehendió a su esposo, aplicándole medidas cautelares (fs. 45 y vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- Fiscal de Materia de La Paz,
- Fiscal de Materia de Viacha,
- Director de la FELCC de Viacha,
- Comandante del Distrito Policial 2,
- Jueza de Instrucción de Viacha,
- Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz,
- Presidente del Comité de Vigilancia de Nazacara,
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Subsidiaridad excepcional de la ahora acción de libertad
- Fragmento 28
- III.4. El caso en examen
- APROBAR