Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0564/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Realizada la audiencia pública el 26 de octubre de 2006, según consta en acta de fs. 131 a 143, con la presencia del recurrente asistido de sus abogados y los recurridos, con la excepción de Javier Rojas Ramos, Mariel Rossely Bueno Pérez, Mirko Bari Lobatón Escalera, Bernardo Montoya Choque y Dieter Pillco Atanacio y la asistencia del representante del Ministerio Público, se produjeron los siguientes actuados:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- no haber lugar
- Fragmento 9
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 17
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Sobre la subsidiariedad del amparo constitucional
- III.4. Del derecho de petición
- III.5. Del caso de análisis
- solicita que por resolución expresa se le habilite como candidato a Decano de la Facultad Técnica, además de reiterar la suspensión del proceso electoral solicitada por nota de 13 de octubre de 2006.
- según particulares modalidades adoptadas por cada universidad,
- "Todas las resoluciones, conjunto de normas y resultado de las elecciones avaladas por el Comité Electoral Institucional son INAPELABLES"
- Fragmento 28