SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0564/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0564/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

II.5.

II.5. El Rector de la UTO por decreto de 9 de octubre de 2006, dispone que la representación del recurrente pase al Departamento Legal a objeto de realizar un seguimiento de lo impetrado, (fs. 87); el Jefe del Departamento Legal en cumplimiento a lo dispuesto por el Rector, pronuncia el decreto de la misma fecha y continuando el seguimiento se tiene las notas del Jefe del Departamento de Recursos Humanos, del Secretario General del Rectorado y otros actuados y pruebas (fs. 88 a 94); el Jefe del Departamento Legal de la UTO, con el visto bueno del Rector, por decreto de 16 de octubre de 2006, al establecerse la pérdida del proceso interno, dispone la reposición del expediente de proceso informativo interno que se siguió contra Moisés Miranda Martínez en la gestión de 1987 y 1988, disponiendo al efecto la notificación de varias autoridades de la UTO, Resolución que le fue notificada al recurrente el 17 de octubre de 2006, (fs. 95 y 96).