SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0564/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0564/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

II.9.

II.9.  Del acta de 19 de octubre de 2006, se establece que el Comité Electoral de la UTO, dispuso la continuidad del proceso electoral por voto mayoritario porque la notificación fue extemporánea al ser realizada al finalizar los comicios electorales en la Facultad Técnica, la notificación sólo fue realizada al Presidente del Comité Electoral y no así a los trece miembros que componen el pleno, además de que la suspensión implica un enorme gasto para la Universidad  y porque los miembros del Comité Electoral Institucional de la UTO rigen sus actos por los arts. 185 de la CPEabrg y arts. 53, 54, 55 y 56 del Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana (fs. 13).