SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0564/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
según particulares modalidades adoptadas por cada universidad,
Por otra parte el art. 54 del Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana dispone que los claustros Universitarios, facultativos y de Carrera, según particulares modalidades adoptadas por cada universidad, constituyen los órganos electorales que se desenvuelven de acuerdo a normas estatutarias y reglamentarias de cada Universidad; el art. 56 del mismo Estatuto señala que cada Universidad creará un comité electoral permanente para elección de autoridades universitarias, facultativas y de carrera, cuya reglamentación será aprobada por el consejo universitario.
En su calidad de autoridad superior de la Universidad, el Consejo Universitario de la UTO por Resolución 27/06 de 2 de junio de 2006, resuelve instruir la vigencia de un Comité Electoral Institucional Transitorio, con la función de regir todo el proceso electoral para la designación de autoridades universitarias, señalando expresamente que las funciones de este Comité Electoral serán reglamentadas por el Consejo Universitario; por Resolución de 29/06 de 20 de junio, resuelve instruir al Comité Electoral Institucional Transitorio encauce todo el proceso electoral en todas las facultades que no cuentan con autoridades titulares, las que deben desarrollarse máximo hasta el 30 de julio de 2006. En cumplimiento a ello se elabora el Reglamento de Elecciones de Autoridades Universitarias sujeto a las normas y procedimientos establecidos en el mismo, acorde con el Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana, el Estatuto Orgánico y las Resoluciones 24/06 y 27/06 del Consejo Universitario de la UTO, que es aprobado por Resolución 30/06 de 24 de julio de 2006, por el Consejo Universitario.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- no haber lugar
- Fragmento 9
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 17
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Sobre la subsidiariedad del amparo constitucional
- III.4. Del derecho de petición
- III.5. Del caso de análisis
- solicita que por resolución expresa se le habilite como candidato a Decano de la Facultad Técnica, además de reiterar la suspensión del proceso electoral solicitada por nota de 13 de octubre de 2006.
- según particulares modalidades adoptadas por cada universidad,
- "Todas las resoluciones, conjunto de normas y resultado de las elecciones avaladas por el Comité Electoral Institucional son INAPELABLES"
- Fragmento 28