SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0782/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
i)
En audiencia, el Juez Tercero de Partido en lo Penal y Liquidador, informó que: i) En el juzgado a su cargo, se tramitó el proceso denominado FOCSSAP II contra Dante Benito Escóbar Plata y otros, que consta de 160 cuerpos, dentro del cual se gestionó el juicio sumarísimo de responsabilidad civil, en el que calificó ese monto contra Dante Escóbar Plata en $us128 000 000.- (ciento veintiocho millones de dólares estadounidenses); en este proceso, el abogado Javier Hinojosa Santalla, solicitó la regulación de sus honorarios, fijándose el mismo en Bs2 000.- y $us3 000.-, por otros conceptos que indica el arancel mínimo de abogados, sumas que en apelación se modificaron a $us900 000.-, que incluye costas, a ser pagado mediante depósitos a plazo fijo en el Banco Mercantil S.A. bajo los números 132606, 132610, 132612, 132614 y 132616; ii) Estando el Auto de Vista 434/06 ejecutoriado, decretó el cumplimiento e intentó su ejecución; y, iii) Admitió una serie de observaciones al Auto de Vista ejecutoriado, aunque no correspondía en derecho, hasta que el 22 de enero de 2007, pronunció la Resolución 02/2007 de 22 de enero, dejando en suspenso la orden de pago al Banco Mercantil S.A. y se ponga en conocimiento de esta situación al Consejo de la Judicatura, siendo éste, el estado actual del proceso.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- i)
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 17
- III.3. Efectos del rechazo de una acción de amparo constitucional
- Fragmento 19
- III.4. Verificación del cumplimiento del principio de inmediatez
- Fragmento 21
- III.5. Legitimación activa observada por el tercero interesado
- Fragmento 23
- III.6. Verificación de vulneración de derechos fundamentales o garantías constitucionales colectivos - tutela prescindiendo del carácter subsidiario
- III.7. Aportes a la seguridad social que brinda el Estado, son inembargables
- III.8. Principios de igualdad y equidad
- III.9. El derecho a la seguridad social de largo plazo
- Fragmento 28
- III.10. Análisis del caso concreto
- APROBAR