SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0846/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0846/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.4.

II.4.  Por Resolución de 22 de agosto de 2006, el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal cautelar del Distrito Judicial de Potosí, recurrido, admitió la solicitud de medida cautelar de carácter real consistente en la retención de dineros propios del imputado de la Mutualidad del Poder Judicial, que comprenden el capital social de retiro y fondo de compensación, en la suma de Bs200 000.-, en observancia de los arts. 90 del CP, 252 del CPP y 173 del CPC, para fines de garantizar la reparación del daño.