SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0846/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0846/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, alega la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa, a la seguridad social y de la garantía al debido proceso, por cuanto dentro del proceso penal que se le sigue por el delito de uso indebido de influencias, al haber solicitado el querellante José Javier Ortubé Laredo la retención del capital social y fondo de compensación que tenía en la Mutualidad del Poder Judicial, como medida cautelar de carácter real, tanto el Juez recurrido como los Vocales correcurridos, actuaron indebidamente al disponer el primero la retención y los segundos al confirmar dicha determinación, residiendo la ilegalidad de las Resoluciones en un aspecto formal y substancial. En lo formal, por el procedimiento empleado en su tramitación, ya que debió hacerse conforme a los arts. 314 y 315 del CPP, en la vía incidental y ponerse la letra de cambio ofrecida como contracautela a su conocimiento para que pueda objetarla, no habiéndose tampoco señalado audiencia al efecto, admitiendo y valorando la prueba de contrario dándole calidad de fianza a un documento que no reunía los requisitos intrínsecos y extrínsecos ni los de validez establecidos en el Código de Comercio. En lo substancial, no se tomó en cuenta que no procedía la retención de sus aportes, ya que los mismos constituyen beneficios sociales y por ende, son inembargables por mandato del art. 179 inc. 2) del CPC. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.