SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1058/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
5)
5) Solicitaron que se deje sin efecto el informe sin número del Jefe de Recursos Humanos, que sirvió de base para que el Fiscal General emita el instructivo 058/2007, pidiendo además la nulidad de dicho instructivo y de la Resolución de 14 de febrero de 2007, por la que se rechazó la objeción de su defendido, disponiendo que se reconozca la antigüedad que le corresponde a su representado dentro del escalafón judicial y la carrera fiscal.
Con la réplica, el recurrente sostuvo que en el recurso de objeción solicitaron fotocopias de todos los documentos aparejados al Instructivo 058/2007 y por ello es que tienen el Instructivo 007/2007 -presentado como elemento de prueba- que está “referido a otras circunstancias”, no habiéndose hecho mención a otro instructivo, resultando sui géneris y curioso que la Fiscalía General tenga dos Instructivos 007/2007.
5) El acto de designación del suplente no es un acto que emane de un procedimiento, no es un proceso, sino, dentro del Derecho Administrativo, se conoce como una atribución-deber que ejercita quien se encuentre señalado por la ley para ejercer esa atribución, extremo que por si mismo evita que dicha potestad pueda ser consultada previamente con quien pudiera sentirse afectado o ponerse en conocimiento las actuaciones administrativas previas. Razones suficientes para entender que no existió lesión al debido proceso ni al derecho a la defensa; sin embargo, el representado del recurrente presentó objeción contra la decisión del Fiscal General ejerciendo su derecho a la defensa.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- denegó
- 6)
- 7)
- 8)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- Fragmento 41
- III.3. El principio de legalidad y la interdicción de la arbitrariedad
- Fragmento 43
- III.4. Las suplencias, su naturaleza jurídica y su regulación en la Ley del Orgánica del Ministerio Público.
- en tanto y en cuanto exista una justificación razonable, coherente, fundamentada y basada en la ley, sobre la decisión de revocar el interinato y nombrar en su lugar a otro funcionario.
- Fragmento 46
- III.5. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- Fragmento 48
- III.6. El caso analizado
- APROBAR