SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1058/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1058/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

i)

El recurrente ahora accionante, sostiene que la autoridad demandada lesionó los derechos a la defensa, debido proceso y seguridad jurídica de su representado, por cuanto mediante Instructivo 058/2007, dispuso que entregara el despacho de la Fiscalía de Distrito que venía ostentando al Fiscal de Materia Félix Santiago Ugarte Mamani, sin considerar que: i) Fue designado como Fiscal de Distrito a.i., mediante memorados 234/2006 y 237/2006, por el ex Fiscal General, Pedro Gareca Perales, hasta que fuera designado el titular conforme a ley, condición que aún no ha sido cumplida; ii) El informe base para la designación del nuevo Fiscal de Distrito a.i., se fundó en el Instructivo 007/2007, que no se refiere a la antigüedad de los fiscales de materia; iii) El informe emitido por el Jefe de Recursos humanos no le fue notificado a su representado pese a que le afectaba directamente y en él sólo menciona la antigüedad de seis fiscales, entre los cuales no se encuentra su representado, cuando en realidad son más de treinta fiscales de materia que debieron ser considerados en el informe; y, iv) Se interpretó indebidamente el art. 32 de la LOMP, porque la antigüedad debe ser computada desde el ingreso de los fiscales de materia a la carrera fiscal, y aún en el caso de hacer valer los años anteriores a su posesión, él tiene una antigüedad mayor. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.