SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1058/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1058/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

II.15.

II.15. Mediante Resolución de 14 de febrero de 2007, el Fiscal General, Mario Uribe Melendres, dispuso no haber lugar a dejar sin efecto la determinación asumida, manteniéndose incólume en todas sus partes el Instructivo 058/2007, con los fundamentos, entre otros, que a) La objeción contra el instructivo 058/2007, no se encuentra debidamente fundamentada, conforme a la previsión del art. 55 de la LOMP; y, b) El argumento que todos los fiscales de materia que ingresaron a la carrera fiscal a partir de la convocatoria interna tienen la misma antigüedad es una interpretación sesgada de la Ley Orgánica del Ministerio Público, que en sus arts. 31 y 32,   refiere que al Fiscal de Distrito lo suplirán los fiscales de materia según su orden de prelación: En primer lugar el ejercicio de funciones en el cargo, luego, la antigüedad en el ejercicio de funciones en el Ministerio Público.  Según certificación del Director Nacional de Recursos Humanos, el Fiscal de Materia más antiguo es Santiago Ugarte Mamani, y aún en el hipotético caso de que todos tuvieran la misma antigüedad, se aplicaría el art. 32.2 de la LOMP, que sostiene que en caso de empate se debe acudir a la antigüedad en la función del Ministerio Público, y de acuerdo a ese criterio Santiago Ugarte Mamani seguiría siendo el Fiscal más antiguo (fs.6 a 28).