SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1058/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1058/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

II.14.

II.14. Por memorial de 12 de febrero de 2007, el representado del recurrente objetó el Instructivo 058/2007, con el argumento que la antigüedad debe ser computada a partir de su ingreso a la carrera fiscal y posesión como fiscales de materia, como lo interpreto el ex Fiscal General, Pedro Gareca Perales. A ello, agregó que el Instructivo 007/2007, al estar referido a su trabajo y persona, debió serle notificado y al no hacerlo, se tramitó dicha instrucción a sus espaldas, rompiendo las reglas del debido proceso.  En el Otrosí Primero solicitó se le entreguen fotocopias legalizadas de todos los documentos previos al dictamen de la Instrucción 058/2007, “la propia instrucción, la presente objeción y la determinación que le corresponde, a la que se debe incluir la instrucción 07/2007 y la certificación que le correspondió a dicha instrucción…” (fs. 23 a 25).