SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1078/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1078/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

Fragmento 26

         Finalmente, cabe destacar que aprobado el texto del proyecto de la nueva Constitución Política del Estado por la Asamblea Constituyente por dos tercios de votos, conforme a lo establecido por el art. 25 de la LECAC, fue sometido a referéndum realizado el 25 de enero de 2009, proceso democrático en el cual la nueva Constitución Política del Estado fue aprobada por voluntad soberana del  pueblo boliviano, siendo promulgada el 7 de febrero de 2009, publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia el mismo día, a partir de cuya fecha se encuentra en plena vigencia conforme a su Disposición Final y expresamente abrogada la Constitución Política del Estado de 1967 y sus reformas posteriores, de acuerdo a su Disposición Abrogatoria, circunstancia que ratifica la inviabilidad de ingresar al análisis de la problemática planteada, por cuanto no sería posible transitar contra esa voluntad soberana democráticamente expresada que ha ratificado y legitimado el texto constitucional propuesto por la Asamblea Constituyente que a la fecha cumplió su finalidad y por ende ha quedado disuelta habiendo cesado todos sus efectos; lo contrario sería atentar contra la decisión soberana del pueblo boliviano que es quien en definitiva ha dado vigencia a la nueva Constitución Política del Estado, decisión expresada en las urnas sobre la cual ni los representados del accionante ni este Tribunal pueden cuestionar y menos quitar validez retrotrayendo el procedimiento y por ende anular la vigencia del actual orden constitucional. Realidad a la cual no es posible sustraerse pues ello implicaría desconocer la voluntad del soberano.