SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1093/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1093/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

4)

4) Radicado el proceso ante el Juez Tercero de Instrucción en lo Civil, apersonada la Cooperativa, se solicitó la remisión del expediente ante el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, a objeto que disponga la nulidad de obrados y se proceda a la notificación conforme a derecho; petición negada, por lo que interpuso incidente de nulidad, que también fue rechazado y, en apelación, el proceso radicó en el Juzgado Primero de Partido en lo Civil y Comercial, donde también se refutó su requerimiento, con el argumento de que en forma incongruente, contradictoria y sin tener conocimiento de un proceso sencillo, se suscitó un incidente malicioso, sin ninguna base jurídica, confundiendo con un proceso ordinario y por no haber efectuado el reclamo de la actuación ilegal en el Juzgado Quinto de Partido en lo Civil y Comercial.