SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1093/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1093/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

II.5.

II.5.  El segundo incidente de nulidad, fue presentado por el Presidente de COTEOR Ltda., el 16 de enero de 2007, con el argumento de que la naturaleza de la medida preparatoria es acondicionar el proceso por quien pretendiere demandar, conforme lo señala el art. 319 del CPC, debiendo los solicitantes, especificar el nombre y domicilio de la persona a demandar en un futuro proceso, a objeto de que sea citada con la diligencia preparatoria, bajo pena de nulidad; que al omitirse lo señalado, fue puesto en estado de indefensión, ya que no se notificó con la petición impetrada por Eleuterio Irahola Alvizuri y Jorge Zaral Magne; mediante Resolución de 22 del mismo mes y año, el incidente fue rechazado por no contener argumentos que demuestren la existencia de vicios (fs. 65 a 66; 71 y vta. del anexo).