SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1093/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente en representación de COTEOR Ltda., denuncia la vulneración del derecho de dicha Cooperativa, a la defensa y de la garantía al debido proceso; por cuanto, en un irregular trámite de medida preparatoria, incoada por dos socios de la referida Cooperativa, el Juez Tercero de Instrucción en lo Civil, ordenó la extensión de fotocopias legalizadas de contratos suscritos por COTEOR Ltda., con las empresas SIBCOM Ltda. y SISTECO Ltda.; mismo en el que no asumió defensa, debido a que no fue notificado con la Resolución que dispuso la entrega de la documentación señalada, ni tampoco con el Auto de Vista que resolvió el recurso de apelación interpuesto. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales alegados por el recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- Fragmento 6
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso amparo constitucional, hoy acción de amparo constitucional
- Fragmento 23
- III.4. Requisitos de admisibilidad de la solicitud de medida preparatoria
- están obligados a cumplir las órdenes o instrucciones del Juez, emergentes de sus decisiones, por lo que no tienen legitimación pasiva para ser demandados por cuanto no son los que asumen determinaciones de orden jurisdiccional dentro de los procesos,
- III.6.1.
- III.6.2.
- III.6.3.
- APROBAR