SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1136/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
i)
Mediante informe escrito cursante a fs. 159 y vta, los Vocales recurridos expresan que: i) El 20 de enero de 2007, se providenciaron los tres memoriales y dieron curso a lo solicitado; ii) En cuanto a la ejecutoria de la Sentencia de primera instancia, ante la interposición de los recursos de casación de parte de todos los coprocesados el expediente se elevó a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia; iii) Sobre la solicitud de condenación de costas y pago de daños y perjuicios, no debe tomarse en cuenta al no formar parte en el proceso; y, iv) Se adjunta toda la información referente a las causas que motivaron el retraso en el despacho oportuno de los tres memoriales extrañados que desvirtúan los fundamentos esgrimidos por la recurrente.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Sobre el derecho de petición
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- III.5.1 Sobre el trámite de excusas inherentes a los jueces y tribunales de garantías