SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1136/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1136/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

III.4. Sobre el derecho de petición

“La Constitución Política del Estado, reconoce el derecho de petición, en su art. 24, disponiendo que: 'Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario', igual reconocimiento está inserto en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, que establece en su art. 24 que: “Toda persona tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a cualquiera autoridad competente, ya sea por motivo de interés general, ya de interés particular, y el de obtener pronta resolución.

La doctrina, estableció que de este derecho constitucionalmente reconocido, acontecen dos consecuencias, la de 'no ser castigado por solicitar algo al Estado (…) 'y' la de obtener una respuesta de la autoridad a la que se dirige (…) Tal derecho a respuesta -independientemente del contenido de ella-, en un término razonable, resulta obligado en un régimen republicano donde las autoridades son responsables ante la comunidad, y esta es fuente del poder de aquellos. Además, el derecho a respuesta da sentido y solidez al derecho de peticionar'. (Sagués, Néstor Pedro. Elementos de Derecho Constitucional. Tomo 2, Editorial Astrea, Buenos Aires, Argentina. 1999.).

Conforme a lo expuesto, el derecho de petición no involucra solamente la realización de una solicitud cualquiera y la recepción de la misma, además debe estar dirigida a autoridad competente; es decir, a aquella que puede dar una respuesta formal y oportuna al estar a su alcance la información requerida o la facultad de asumir determinaciones sobre la petición formulada, respuesta que también debe estar fundamentada y contener los datos necesarios, de tal forma que pueda satisfacer al peticionante” (SC 0555/2010-R de 12 de Julio).