Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1168/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
II.2.
II.2. A través de la Sentencia 199/04 de 4 de octubre de 2004, el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, declaró probada la demanda y dispuso: a) El embargo de los inmuebles dados en garantía hipotecaria, de propiedad de Hilarión Roberto Paz Vaca y Fernando Hugo Paz Vaca, según el documento de crédito y base del proceso; y, b) Citar a los coactivados Ilse Rivero Soruco y Erwin Hurtado Vaca, para que al tercer día paguen a favor del acreedor la suma de $us167 638,88.- (fs. 4 y 5 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Valoración de la prueba, facultad privativa de los jueces ordinarios
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- ii)
- iii)
- iv)
- III.5.1.
- denegado
- APROBAR