Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1168/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
iii)
iii) De conformidad a los documentos presentados por la incidentista y el folio real presentado por el Banco Ganadero S.A., que certifican que el inmueble otorgado en garantía hipotecaria fue transferido a los deudores fungiendo como propietarios del mismo. El Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, demandado, mediante Auto de 22 de junio de 2006, rechaza el incidente de nulidad de obrados, con el fundamento de no encontrarse demostrado, por parte de la incidentista, el derecho propietario sobre el bien inmueble otorgado en garantía.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Valoración de la prueba, facultad privativa de los jueces ordinarios
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- ii)
- iii)
- iv)
- III.5.1.
- denegado
- APROBAR