SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0299/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 7 de enero de 2009 ante la Jueza demandada, la abogada María Aileen Rivero Achá, solicitó la emisión de mandamiento de embargo contra los bienes de BBVA Previsión AFP S.A., así como la retención de fondos en el sistema bancario nacional, por el monto regulado como honorario profesional (fs. 59). Petición atendida favorablemente por la autoridad jurisdiccional demandada, mediante decreto de 8 de ese mes y año, disponiendo que se libre mandamiento de embargo, así como la notificación a la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras (SBEF) oficina regional de Cochabamba a objeto que instruya a la red bancaria y financiera nacional la retención de las cuentas que pudiera tener la entidad ejecutada (fs. 60).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del amparo constitucional y la excepción al principio de subsidiariedad
- III.2. Sobre los derechos al trabajo y a una remuneración justa
- III.3. Sobre el derecho a la remuneración de los profesionales abogados
- III.4. Efectos de las apelaciones interpuestas en la etapa de ejecución de fallos
- 1)
- i)
- III.5. Fianza de resultas
- III.6.1. Efecto de las apelaciones interpuestas
- III.6.2. Respecto a la fianza de resultas
- III.6.3. Derechos denunciados como vulnerados
- b)
- APROBAR