SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0299/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0299/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

II.3.

II.3.  Por memorial presentado el 16 de enero de 2009, el accionante, en representación de BBVA Previsión AFP S.A., pidió que se deje sin efecto el decreto de 8 de enero de 2009 hasta que el recurso de apelación interpuesto por su parte sea resuelto, y en caso de mantenerse en la determinación y rechazar su solicitud, fundamente legalmente y justifique las razones por las que a pesar de existir apelación a la regulación de honorarios, pendiente de resolución, ordenó que se proceda al embargo y retención de sus bienes sin esperar las resultas de dicha apelación (fs. 64 y vta.), resuelto mediante Auto de la misma fecha, por el que, la Jueza demandada, señaló que la decisión de 8 de enero de 2009, es privativa de la juzgadora y en la que se mantiene incólume por estar enmarcada en las previsiones de los arts. 201 y 518 del CPC, aclarando que teniendo presente el efecto en el que se concedió la apelación, su autoridad no perdió competencia para que se ejecute la determinación dispuesta (fs. 65).