SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2012

Fecha: 06-Sep-2012

Fragmento 35

           La Constitución Política del Estado en su art 56.I señala “Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que esta cumpla una función social”. Asimismo el  art. 339.II de la Norma Fundamental establece que: “Los bienes de patrimonio del Estado y de las entidades públicas constituyen propiedad del pueblo boliviano, inviolable, inembargable, imprescriptible e inexpropiable; no podrán ser empleados en provecho particular alguno. Su calificación, inventario, administración, disposición, registro obligatorio y formas de reivindicación serán regulados por la ley".