Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2012
Fecha: 06-Sep-2012
III.4. De la normativa aplicable al caso
La Ley 1839 del 6 abril de 1998, que elevó a rango de ley el DS 21079 de 23 de septiembre de 1985, dispuso la expropiación por necesidad y utilidad pública, del terreno ubicado en la zona noreste de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, correspondiente al parque industrial “Ramón Darío Gutiérrez”, siendo área de uso exclusivo destinada a la instalación de industrias, áreas de apoyo, áreas verdes recreativas, debiendo apoyarse todos los planes que persigan el desarrollo industrial.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.21.
- II.22.
- II.23.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La carga probatoria debe ser cumplida por el accionante
- III.3. De las reglas de la legitimación pasiva y de la actividad probatoria de las personas no expresamente demandadas en vías de hecho
- la parte peticionante
- las personas que no hayan sido expresamente demandadas en acciones tutelares vinculadas a medidas de hecho,
- Fragmento 35
- III.4. De la normativa aplicable al caso
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.6. Hechos producidos después de la remisión del expediente ante el Tribunal Constitucional Plurinacional