Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.1
II.1. Por testimonio 066/79 de 18 de mayo de 1979, de escritura de aclaración y justificación de procedimiento seguido en el pago del precio de inmueble afectado por expropiación del parque industrial de la ciudad de Santa Cruz seguido por la Corporación Regional de Desarrollo por intermedio de la Prefectura del Departamento, donde se expropió 962 ha, 95 áreas y 34 centiáreas, del terreno ubicado al noroeste de dicha ciudad, colindando el oeste y sudoeste con el cuarto anillo y la circunvalación, y al sur, con la prolongación de la calle Sucre o camino que conduce a la localidad de Cotoca (fs. 7 a 12 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.21.
- II.22.
- II.23.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La carga probatoria debe ser cumplida por el accionante
- III.3. De las reglas de la legitimación pasiva y de la actividad probatoria de las personas no expresamente demandadas en vías de hecho
- la parte peticionante
- las personas que no hayan sido expresamente demandadas en acciones tutelares vinculadas a medidas de hecho,
- Fragmento 35
- III.4. De la normativa aplicable al caso
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.6. Hechos producidos después de la remisión del expediente ante el Tribunal Constitucional Plurinacional