SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1892/2013
Fecha: 29-Oct-2013
II.26.
II.26. El 12 de junio de 2013, el representante de “CINEL SRL”, interpone nulidad ilegal de ejecución tributaria, luego de ser notificado por el proveído de inicio de ejecución tributaria, transgrediendo el principio de seguridad jurídica y el debido proceso en su elemento derecho a la defensa, por pretender realizar actos de ejecución tributaria, pese a que existe una resolución de recurso jerárquico impugnada en proceso contencioso administrativo, por lo que no es firme y no constituye ejecución tributaria, por otro lado se ha promovido acción de inconstitucionalidad concreta contra el art. 2 del CTB, en el caso de la ejecución tributaria no faculta la Ley 2492 por no existir aún título de ejecución tributaria porque no ha adquirido firmeza, por lo que requiere se deje sin efecto el procedimiento administrativo, anulando el ilegal proveído de inicio de ejecución tributario 33-0023-13 de 8 de mayo (fs. 354 a 355 vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- II.22.
- II.23.
- II.24.
- II.26.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- II.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.3.1. Sobre el debido proceso y el derecho a la defensa
- estipulados
- III.5. Fuerza ejecutiva de las resoluciones administrativas tributarias
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo