SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1944/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1944/2013

Fecha: 04-Nov-2013

II.12.

II.12.    Mediante nota 0517/2012 de 24 de septiembre (fs. 1), emitida por Mario Guillén Suárez, Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, se puso a conocimiento del accionante la nota 516/12 de 10 del mismo mes y año (fs. 2), remitida por el Director General Ejecutivo a.i. del SENASIR, en contestación a sus peticiones, señalándole que se tenían numerosas respuestas a notas y solicitudes de informe, en sentido que la institución procedió conforme a antecedentes y disposiciones legales aplicables al caso, que conllevó la suscripción de un convenio de pago de cumplimiento obligatorio con la finalidad de recuperar montos por doble percepción, “acto considerado como apropiación indebida de fondos” (sic), por lo que el caso estaba cerrado.